jueves, 5 de julio de 2012

Subsidio Especial para personas trabajadoras que han agotado la prestación contributiva, no tienen responsabilidades familiares y tienen 45 años o más

Requisitos: 
  • Estar en desempleo.
  • Estar inscrito como demandante de empleo durante el periodo de un mes desde el agotamiento de la prestación contributiva, o del subsidio especial para personas trabajadoras mayores de 45 años que hayan agotado una prestación contributiva por desempleo de 24 meses, sin haber rechazado oferta de colocación adecuada, ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.
  • Suscribir el Compromiso de Actividad.
  • Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias.
  • Haber agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo
  • Tener cumplidos 45 años en la fecha de agotamiento de la prestación.
Si la persona trabajadora tuviera derecho al "Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años" percibiría éste.

Duración: 
  • Seis meses.
  • En el supuesto de personas trabajadoras fijas discontinuas la duración será equivalente al número de meses cotizados por desempleo en el año anterior a la solicitud.

Cuantía

La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM): 426 euros/mes en 2012.
Para las personas trabajadoras fijas discontinuas mayores de 52 años se ingresará la cotización por la contingencia de jubilación durante todo el periodo de percepción del subsidio.


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