miércoles, 4 de julio de 2012

Subsidio especial para personas trabajadoras que han agotado una prestación contributiva, de 24 meses y tienen 45 años o más

Requisitos:

- Estar en desempleo.
- Estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el Compromiso de Actividad.
- Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias.
- Tener cumplidos 45 años en la fecha de agotamiento de la prestación contributiva.
- Haber agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo de 24 meses de duración.
- Las personas trabajadoras fijas discontinuas no pueden percibir el subsidio especial durante los periodos de interrupción de la actividad intermitente o de temporada mientras mantengan dicha condición. Cuando pierdan la condición de fijo discontinuo por extinguirse la relación laboral de forma definitiva podrán percibir este Subsidio Especial si reúnen todos los requisitos antes señalados. También podrán percibir un Subsidio Especial si se extingue la relación laboral de fijo discontinuo y reúnen los siguientes requisitos:
  • Estar en desempleo.
  • Estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el Compromiso de Actividad.
  • Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias.
  • Haber agotado una prestación contributiva de cualquier duración.
  • Ser mayor de 45 años en la fecha de solicitud.
  • Haber cotizado como fijo discontinuo al menos nueve años.
  • Si la persona trabajadora tuviera derecho al "Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años" percibiría éste
Plazo para solicitar:

El plazo para presentar la solicitud es de 15 días hábiles, que empieza a contar desde el día siguiente al agotamiento de la prestación contributiva

Duración

Seis meses, a partir del agotamiento de la prestación contributiva, si se solicita dentro del plazo establecido. Una vez percibido este subsidio especial, las personas trabajadoras podrán obtener el subsidio por desempleo por haber agotado una prestación contributiva.

Cuantía

La cuantía mensual del subsidio por desempleo estará en función del número de cargas familiares:
Con un familiar o ninguno a su cargo, el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM): 426 euros/mes en 2012.

Con dos familiares a su cargo, el 107% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples: 569,78 euros/mes en 2012.

Con tres o más familiares a su cargo, el 133% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples: 708,23 euros/mes en 2012.

Para las personas trabajadoras fijas discontinuas mayores de 52 años se ingresará la cotización por la contingencia de jubilación durante todo el periodo de percepción del subsidio.
Para ampliar la informacion, pincha aquí

FUENTE: SEPE

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