Los españoles que salgan al
extranjero “por cualquier motivo y el tiempo que sea” perderán la
prestación por desempleo, según se recoge en el Real-Decreto ley de
medidas antidéficit publicado en el BOE. Los parados perderán la
antigüedad si salen de España y para poder solicitar la renta activa de
inserción de 426 euros deberán esperar un año.
FUENTE: APRENDEMAS
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